Las
investigaciones sobre el feminicido han partido de reconocer que tanto en
México, como en el mundo (en diferentes
grados y tipos), todas las mujeres viven
o han vivido formas de violencia de
género en el transcurso de sus vidas, a
este grave problema se suma la doble y
triple discriminación, debido a que también son víctimas de violencia de clase,
etnia, creencias religiosas, en el ámbito judicial, jurídico, político y
cultural, que favorecen la violación a los Derechos Humanos de las mujeres.
En los
análisis de las últimas dos décadas, se advirtió que múltiples homicidios de
mujeres eran causa y consecuencia de la discriminación y de la violencia de
género. A partir de estas observaciones tanto en el país cómo en el resto del
mundo se gestaron diversos debates en torno a la definición del feminicidio, si
han existido acuerdos sobre lo que significa y en la necesidad de con la
discriminación contra las mujeres, debido a que el mismo hecho refleja
relaciones asimétricas de poder, con las cuales se desarrollan mecanismos que
contribuyen a perpetuar la subordinación y la exclusión de las mujeres.
Esther Chávez
Cano, contadora pública preocupada por los temas de género: violencia,
desaparición y feminicidio, en el año de 1993 comenzó a anotar en una libreta
las muertes de mujeres que publicaban en sus páginas los diarios locales en la
frontera, Ciudad Juárez, al norte de México. Pasados los años, la profesora comenzó
a denunciar que los casos eran cada vez más frecuentes y tenían en común un
patrón de violencia hacia las mujeres, una violencia sin precedente. La
activista falleció en 2009 y quien visibilizó entonces los feminicidios en Ciudad Juárez -en el Estado de
Chihuahua- que indignaron al mundo y que llegaron a instancias internacionales
de derechos humanos donde se condenó al Estado Mexicano por no proteger a las
mujeres.
Cientos de
mujeres comenzaron a ser víctimas de violencia, desaparición y feminicidio en
Ciudad Juárez. El Estado no demuestra la presencia ni
desarrolla la actividad que requerirían las circunstancias Su ausencia es
colmada por la presencia alternativa de otros poderes que coexisten en esa
tierra de nadie: junto al debilitado poder institucional.
En el año 2018 asesinaron a
760 mujeres en todo el país. El estado de México fue la entidad con el mayor registro
de feminicidios, seguido de Veracruz, a pesar de la declaratoria
de la Alerta de Violencia de Género en el Estado de México en 2015, la
violencia, la desaparición y feminicidios aumentan sin que el gobierno del Estado
actúe de manera eficiente, es urgente que se adopten medidas que permitan realmente
prevenir todo acto de violencia hacia las mujeres en la entidad y el país.
Enfrentamos entonces un fenómeno
político y social grave, la violencia de género parece normalizarse,
desaparecen mujeres y niñas, violentan mujeres y niñas, asesinan mujeres y
niñas y las muertes se vuelven números, datos, estadísticas sin reconocimiento
por parte del Estado, sin declarar la Alerta de Violencia de Género en un país
en donde solo organizaciones de la sociedad civil, el Observatorio Ciudadano
Nacional del Feminicidio y colectivas dan cuenta de esta terrible tragedia para
miles de mujeres en el país.
Desde Ciudad Juárez, Chihuahua,
la violencia no cesa, se agudiza y se vuelve más violenta, muchas mujeres
mueren con saña, con ese desprecio hacia ellas como si se tratara de nada, las
reprimen de la vida de la manera más cruel, desde la tortura hasta la
mutilación, con arma blanca, arma de fuego.
La violencia contra la mujer,
que menoscaba o anula el goce de sus derechos humanos y sus libertades
fundamentales en virtud del derecho internacional o de los diversos convenios
de derechos humanos, constituye discriminación.
La Convención sobre la Eliminación de Todas
las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
es la primera Declaración que define claramente los distintos tipos de
violencia, así como los ámbitos en los que ésta se manifiesta, identificando el
tipo de daños y lesiones y un conjunto de violaciones, entre las que figuran
las cometidas contra los derechos de las mujeres en situaciones de conflicto
armado; la violencia física, sexual y psicológica ejercida en el seno de la
familia, como la vinculada con la herencia y la violación conyugal; las
mutilaciones sexuales; el acoso sexual, y la explotación y la trata de mujeres
y niñas, entre otras formas de violencia.
Además, en el texto de esta Declaración se destaca la vulnerabilidad de
ciertos grupos, como las mujeres desplazadas, las de comunidades indígenas, las
refugiadas, las migrantes de zonas rurales pobres y las mujeres en prisión.

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